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¿Que identificaciones oficiales acepta el SAT en los trámites?

Conformes las reglas de caracter general, el SAT admite las siguientes identificaciones.

1.- Credencial para votar expedida en México o desde el extranjero, por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) que deberá estar vigente como medio de identificación al momento de presentar el trámite.

2.- Pasaporte Vigente.

3.- Cédula profesional vigente con fotografía. Quedan exceptuadas las cédulas profesionales electrónicas.

4.- En el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma, o la Cédula de Identidad Personal emitida por el Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación vigente.

5.- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

6.- Tratándose de extranjeros, documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).

Por lo anterior te sugerimos que cuando acudas a trámites evites llevar cualquier identificación no listada, ya que podrían no estar aceptándola aun cuando sea emitida por una autoridad, como puede ser la licencia de manejo.

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